AGENTES DE IA QUE ACTÚAN POR SU CUENTA: RESPONSABILIDAD JURÍDICA Y LAGUNA LEGAL DE DATOS EN ESPAÑA
La autonomía tecnológica ya no es una hipótesis de futuro: obliga a revisar la seguridad, la diligencia empresarial y los tiempos de respuesta del Derecho. Santiago Carretero Sánchez, Profesor Titular de Filosofía del Derecho, Universidad Rey Juan Carlos Del asistente que responde al agente que interviene Hte ejecuta operaciones; la atribución de responsabilidad sigue dependiendo de las personas y entidades implicadas, de sus obligaciones y de las circunstancias concretas del incidente. El RGPD no espera a que termine la investigación informática En una brecha que afecte a datos personales, una de las primeras cuestiones consiste en determinar si resulta aplicable el artículo 33 del Reglamento General de Protección de Datos. Esta disposición exige al responsable del tratamiento notificar la violación a la autoridad de control sin dilación indebida y, cuando sea factible, dentro de las 72 horas siguientes a aquel momento en que tenga constancia de ella, salvo que sea improbable qu...