Resumen de la ponencia “El papel de la Inteligencia Artificial en la Teoría del Derecho”, por el profesor Santiago Carretero Sánchez, curso de DOCTORADO DE CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS, 2024, 18 NOVIEMBRE


Se debe hacer referencia a las “inteligencias artificiales” en lugar de a la “inteligencia artificial”.

En lo que respecta a la estructura práctica, es necesario tener muy presentes los aspectos éticos del asunto. Y partir de la base de que ya todas las editoriales están llevando al mercado productos de inteligencia artificial, siendo las que requieren un pago por el usuario los que dan más prestaciones; y por tanto se va a producir una brecha digital.

Tiene consecuencias positivas: la automatización de los procesos legales con reducciones de tiempo y coste, su utilidad como asistente en la toma de decisiones (aplicación en la aplicación y la interpretación de las normas) y la  mejora del acceso a la justicia. Eficiencia, precisión (análisis detallados y exhaustivos) son ventajas que aporta.

También presenta desafíos tanto en el aspecto de la imparcialidad y la responsabilidad como en el de la necesidad de una formación continua.

Pero a su vez plantea problemas éticos y de formación: transforma el rol de los abogados (sobre todo en lo que se refiere a sus estrategias), han aparecido nuevos campos de regulación en lo que respecta a las inteligencias artificiales en sí mismas, puede perpetuar sesgos y dar problemas en lo que se refiere a la protección de la privacidad.

El Reglamento de agosto de 2024 viene a afirmar que se pretende que la inteligencia artificial sea una herramienta complementaria de acompañamiento hermenéutico al razonamiento.

Otro problema es la carencia de toda inteligencia emocional cuando opera, y es que, obviamente, le falta la ética y la capacidad de llevar a cabo una valoración circunstancial. Se puede afirmar que es el futuro, pero es necesaria una regulación, sobre todo de los aspectos éticos, y el establecimiento de un régimen sancionador severo.

En cuanto a los desafíos para la filosofía del Derecho, se debe entender que comporta una transformación sin precedentes porque implica tener que llegar al humanismo tecnológico y ello va a conllevar que muchas posturas tradicionales van a tener que ser repensadas. Plantea problemas con el concepto de relación jurídica (sujeto, objeto y contenido); habrá que redefinir principios generales e introducir otros como el del consentimiento informado. La ciberseguridad también va a tener que ser reforzada y replanteada.

Otro de los grandes conceptos que van a tener que ser redefinidos es el de la responsabilidad (objetiva o subjetiva) teniendo en cuenta que nunca va a ser posible que el usuario revise todos los contenidos de sus herramientas. Hay sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo. Las propuestas y teorías en este ámbito son variadas: responsabilidad por diseño, de todos los sujetos, por el uso…

El humanismo tecnológico debe defender la autonomía, la dignidad humana, la supervisión humana y la transparencia. La inteligencia artificial no puede reemplazar al ser humano. Y es que, por ejemplo, no plantea una solución para las lagunas jurídicas y carece de capacidad para interpretar contextos o conceptos jurídicos indeterminados. Presenta, así, limitaciones muy importantes. Por tanto, el rol del intérprete humano es fundamental.

En cuanto a la justicia predictiva, implica el uso de herramientas tecnológicas para predecir decisiones judiciales.

Ello supone beneficios como una mayor eficiencia, reducción de litigios, mejora en la gestión y transparencia. También puede servir de límite a la arbitrariedad judicial. Por tanto, puede ser una herramienta muy útil para la toma de decisiones, en especial de los abogados.

También presenta riesgos como la perpetuación de prejuicios existentes o de sesgos y actitudes discriminatorias. Se necesitará un control ético de las herramientas

El futuro de la justicia predictiva dependerá mucho de la jurisdicción en que opere.  En cualquier caso, será fundamental mantener la independencia de los juzgadores.

 

 

 

 

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