Ley de Eficiencia Judicial y Reforma Integral del Sistema de Justicia en España: reflexiones sobre la Crónica de un caos asegurado
Santiago Carretero Sánchez, Profesor Titurlar de Filosofía del Derecho, Abogado
SSANs
La Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, publicada recientemente en el BOE y con entrada en vigor el 3 de abril, representa una transformación estructural y procedimental de la justicia en España. La reforma, calificada como histórica, aborda aspectos clave que buscan modernizar y agilizar el sistema judicial, garantizar una mayor equidad entre las partes en conflicto y promover la utilización de métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC).
1. Reformas Organizativas en el Sistema Judicial
La ley establece cambios profundos en la estructura organizativa de los órganos judiciales:
- Tribunales de Instancia: Se sustituirán los juzgados unipersonales por tribunales colegiados, lo que permitirá una gestión más eficiente y equilibrada de los casos. Esta medida busca reducir la carga de trabajo sobre los jueces y fomentar decisiones más consensuadas.
- Oficinas Judiciales del Municipio: Los tradicionales Juzgados de Paz evolucionarán hacia oficinas judiciales modernas, que centralizarán servicios y ampliarán sus funciones, facilitando el acceso de los ciudadanos a la justicia en el ámbito local.
2. Regulación de los MASC: Un Cambio de Paradigma
La reforma introduce de manera obligatoria los Métodos Adecuados de Solución de Conflictos (MASC), como mediación, conciliación, negociación o derecho colaborativo, en los procedimientos civiles y mercantiles:
- Requisito de Procedibilidad: Antes de acudir al juzgado, las partes deberán demostrar que han intentado resolver el conflicto mediante uno de estos métodos.
- Métodos reconocidos:
- Mediación: Se destaca como el método más seguro y regulado.
- Conciliación privada y experto neutral: Aunque aún carecen de un estatuto definido, se espera que el Gobierno regule estas figuras en el plazo de un año.
- El acto de conciliación de toda la vida, que se quitó, y se vuelve a restaurar con otro nombre.
- Plazos: Por ejemplo, si una de las partes propone una mediación, el procedimiento deberá resolverse en un plazo breve de 7 días para evitar demoras innecesarias en el acceso a la justicia.
3. Justicia Restaurativa: Un Enfoque Innovador
La ley incorpora por primera vez en el ordenamiento jurídico español la Justicia Restaurativa, una herramienta que:
- Permite a jueces y tribunales, de oficio o a solicitud de las partes, remitir conflictos a procedimientos restaurativos.
- Busca reparar el daño causado y fomentar la reconciliación entre las partes, especialmente en casos penales.
- Se integra en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), abriendo la puerta a su aplicación en delitos donde las circunstancias lo permitan, excluyendo aquellos supuestos expresamente prohibidos por la ley. Ningunea y acaba con el juez instructor y deja en pocas manos, y sobre todo complicadas, las labores del Ministerio Fiscal, esto supone un peligro para el propio Estado de Derecho.
4. Impacto Laboral y Profesional
La reforma generará una gran demanda de profesionales especializados en mediación:
- Cifras actuales: España cuenta con aproximadamente 8.000 mediadores registrados oficialmente, aunque Asemed señala la existencia de 15.000 profesionales en activo. Nuevo ataque a los opositores a la judicatura, se convocarán menos plazas y ya menos alumnos querrán optar a ella, pudiendo con este nuevo título, ejercer labores jurisdiccionales con mayor inmediatez.
- Demanda futura: Para gestionar los cerca de 2,8 millones de procedimientos anuales, serán necesarios al menos 20.000 mediadores. Una cifra que se entiende aproximada, la visión es negativa siempre ha sido mala la solución de la mediación por eso se acudía a los órganos judiciales, los abogados entre sus competencias tienen ya evitar el conflicto.
- Requisitos para ejercer como mediador:
- Formación universitaria o profesional superior.
- Capacitación teórico-práctica presencial en mediación, incluyendo participación en casos reales.
- Seguro de responsabilidad civil obligatorio.
5. Efectos Esperados en la Justicia Española
Jesús Lorenzo Aguilar, director de Asemed, resalta los efectos positivos de esta reforma y es natural que defienda las bondandes del sistema como hoy leemos en ECONOMIST &JURIST:
- Descongestión judicial: Se espera que entre 600.000 y 800.000 conflictos anuales se resuelvan a través de mediación, evitando procedimientos judiciales largos y costosos, esto es sólo una estimación que se puede entender no comprobable de modo alguno.
- Equilibrio de poder: Se elimina el uso del proceso judicial como herramienta de presión por parte de actores más poderosos, ya que las partes deberán negociar de buena fe antes de acudir al juzgado, se ataca al Poder Judicial sembrando su desconfianza en promover soluciones jurídicas basadas en la equidad.
- Fomento de la seguridad jurídica: La obligatoriedad del registro y el seguro de responsabilidad civil ofrecen garantías tanto a ciudadanos como a empresas, pero la mayor seguridad jurídica es el examen de un juez sobre un asunto valorando sus pruebas.
6. Retos y Perspectivas Futuras
- Regulación de otros MASC: La conciliación privada y el experto neutral requieren un marco normativo que el Gobierno deberá desarrollar en el plazo de un año.
- Organización profesional: Se llama a los mediadores a integrarse en instituciones como Asemed para garantizar la calidad y profesionalización de los servicios.
- Congreso de Mediación: El 14 de febrero, Asemed organizará su sexto Congreso de Mediación en Madrid, para promover la integración de mediadores en su turno de oficio y debatir los desafíos de la nueva normativa.
7. Una Transformación Social y Cultural
La ley no solo introduce cambios legales y organizativos, sino que también busca generar una cultura de mediación y diálogo en la sociedad española:
- Promueve el uso de herramientas pacíficas para resolver conflictos.
- Requiere de un cambio en la mentalidad tanto de ciudadanos como de empresas, que deberán acostumbrarse a resolver disputas fuera de los juzgados, esto es un error pues se debería dotar a los juzgados de mejores medios y más posibilidades.
- Genera un impacto positivo en términos económicos y sociales al reducir los costos asociados a los litigios, llevará al ciere a muchos despachos de abogados siendo un error democrático que afectará al Estado de Derecho.
Reflexión Final
Aunque algunos expertos, como Jesús Lorenzo Aguilar, señalan que la ley podría haber sido más ambiciosa, coinciden en que es un paso crucial para modernizar el sistema judicial español y acercarlo a modelos más eficientes y accesibles. La mediación se consolida como el pilar central de esta reforma, marcando el inicio de una nueva era en la justicia en España. Respetando la opinión de los profesionales, entiendo que es la crónica de la muerte del juez instructor, afectará a la tutela judicial efectiva, es una nueva afrenta al Poder Judicial, y sobre todo, devendrá en un desastre para el ciudadano que verá truncado el intento mediado y deberá acudir igualmente a los tribunales.
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