Criptografía, cooperación policial y validez probatoria: la decisión del Tribunal Federal de Brooklyn sobre Sky ECC

 


Criptografía, cooperación policial y validez probatoria: la decisión del Tribunal Federal de Brooklyn sobre Sky ECC

Por el Profesor Santiago Carretero, Universidad Rey Juan Carlos — Publicación para BlogdeLaIAActual

1. Introducción

La resolución dictada por el United States District Court for the Eastern District of New York en el procedimiento penal United States v. Gogic (Docket No. 22‑CR‑493) exige que la prueba digital procedente de operaciones internacionales de interceptación sea debidamente autenticada antes de su admisión. El tribunal ha condicionado la admisión de los mensajes extraídos de Sky ECC a la demostración técnica y procesal de su cadena de custodia, integridad y origen.

2. Antecedentes fácticos y procedimentales

El acusado está procesado por conspiración vinculada al tráfico internacional de estupefacientes. Las autoridades europeas intervinieron comunicaciones en la plataforma cifrada Sky ECC y remitieron a los Estados Unidos un conjunto de hojas de cálculo con mensajes y metadatos procesados. El Gobierno norteamericano propuso introducir extractos de tales hojas como prueba para acreditar la participación del acusado en la red delictiva; la defensa impugnó su autenticidad, accesibilidad y posibilad de confrontación.

3. Motivación jurídica de la inadmisión preliminar

El tribunal fundamenta su rechazo preliminar en la regla básica de autenticación (Federal Rules of Evidence, Rule 901). Exige que el proponente ofrezca una base racional para que un jurado considere que el elemento es lo que se afirma. En el caso concreto, la magistrada observa deficiencias en los certificados y la explicación técnica sobre el proceso de captura y tratamiento de los mensajes: la documentación aportada resultó genérica, sin descripción pormenorizada de la creación, del procesamiento posterior ni de las medidas de garantía de integridad.

Entre las circunstancias que generan dudas destacan: la conversión de registros nativos a hojas de cálculo estructuradas, la existencia de columnas añadidas y marcas de ingestión o duplicidad, y la ausencia de testigos con conocimiento personal sobre la generación de los ficheros remitidos.

4. Las cuestiones procesales afines

La preocupación por la cláusula de confrontación surge porque, si la persona que creó o procesó los ficheros no comparece, la defensa carece de la posibilidad de interrogar sobre procedimientos técnicos esenciales. El tribunal entiende que la imposibilidad de confrontar a los responsables del procesamiento refuerza el problema de autenticación, aunque el análisis constitucional quedó supeditado a la resolución de la cuestión probatoria.

5. Relevancia técnica y doctrinal

La resolución adquiere relevancia más allá del caso inmediato porque define estándares prácticos para la admisión de datos provenientes de interceptaciones cifradas: la cooperación entre Estados no sustituye la necesidad de trazabilidad ni la explicación técnica del procedimiento de captura. Para el tribunal estadounidense no basta con recibir por MLAT un soporte con datos; se exige documentación técnica, metadatos verificables y testimonio que explique el ciclo de vida del archivo hasta su entrega.

6. Consecuencias para la defensa y para la política criminal

Para la defensa, la resolución refuerza la posibilidad de cuestionar pruebas que resulten de procesamientos opacos y subraya la importancia de solicitar el acceso al dataset bruto y a los procedimientos de ingestión y normalización. Para la política criminal, advierte sobre los costes de operar con procedimientos forenses opacos: si la intervención masiva no se documenta con precisión técnica auditada, su valor probatorio puede quedar neutralizado en sede judicial.

7. Propuesta doctrinal y docente

Es necesario incorporar estándares mínimos de transparencia y certificación técnica en las cooperación internacionales de interceptación. Debe exigirse la preservación del dataset original, la generación de un registro de tratamiento (audit trail) que documente cada transformación y la comparecencia, cuando proceda, de peritos o responsables con conocimiento directo. También conviene impulsar protocolos MLAT que incluyan requisitos formales de metadatos y procedimientos de verificación para que el material remitido sea efectivo en tribunales foráneos.

Asimismo, recomiendo que la comunidad jurídica y forense redacte guías conjuntas para la autenticación de mensajes cifrados, que recojan pasos mínimos de verificación técnica, formato de certificación y obligaciones de conservación para evitar que la cooperación se traduzca en pérdida de garantías procesales.

8. Reflexión final

El caso evidencia la tensión entre eficacia internacional en la lucha contra el crimen organizado y la exigencia de garantías procesales que protejan un juicio justo. La decisión del tribunal federal de Brooklyn refuerza que la admisión de pruebas digitales internacionales exige trazabilidad y transparencia técnica. La escasez de documentación y la ausencia de testimonio con conocimiento personal sobre el proceso de obtención y transformación de los datos constituyen obstáculos decisivos para su utilización en juicio.

Fuentes principales: sentencia y documentos procesales del United States District Court for the Eastern District of New York en United States v. Gogic; análisis doctrinal sobre el uso de datos Sky ECC y EncroChat en procesos penales; comunicado del Departamento de Justicia y documentación pública sobre la imputación.

Publicado en BlogdeLaIAActual — blogdelaiaactual.blogspot.com

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