🧭 De la soberanía de datos a la soberanía de la inteligencia artificial: un nuevo eje del Derecho europeo tecnológico

 


🧭 De la soberanía de datos a la soberanía de la inteligencia artificial: un nuevo eje del Derecho europeo tecnológico

Resumen: El avance de la inteligencia artificial ha desplazado el debate jurídico desde la protección de datos hacia una cuestión estructural: la soberanía tecnológica. El informe de Accenture (3 de noviembre de 2025) muestra que Europa busca controlar su infraestructura y modelos de IA, un fenómeno que plantea implicaciones jurídicas y normativas de gran calado. Este artículo examina el concepto de soberanía de IA como categoría emergente del Derecho europeo y sus vínculos con la autonomía estratégica, la protección de datos y la regulación del riesgo algorítmico.

Palabras clave: soberanía digital, inteligencia artificial, Derecho europeo, gobernanza tecnológica, protección de datos.

1. La soberanía de la inteligencia artificial: de noción política a categoría jurídica

El informe de Accenture de 3 de noviembre de 2025 confirma una tendencia: los Estados europeos buscan mantener el control sobre sus datos, infraestructuras y capacidades tecnológicas. Este objetivo, inicialmente económico y estratégico, ha adquirido una dimensión jurídica que el Derecho de la Unión Europea empieza a conceptualizar bajo el término “soberanía de la inteligencia artificial”.

Esta noción no sustituye a la soberanía estatal clásica, sino que la complementa en el plano digital. Se refiere a la capacidad de un Estado o una región para controlar el ciclo completo de sus sistemas de IA: desde la obtención de los datos hasta la propiedad de los modelos y la infraestructura computacional. En este sentido, constituye una extensión normativa del principio de autonomía tecnológica recogido implícitamente en la Estrategia Digital Europea y, más recientemente, en el AI Act.

2. Fundamento normativo europeo

El Reglamento de Inteligencia Artificial (AI Act), aprobado definitivamente en 2025, introduce una arquitectura jurídica basada en el riesgo y la transparencia. Sin embargo, el AI Act no agota la cuestión: junto al control de los sistemas, surge la necesidad de controlar las condiciones estructurales de producción y operación de la IA. Es aquí donde la “soberanía de IA” actúa como principio transversal, conectando el Derecho tecnológico con el Derecho económico y el Derecho de la competencia.

El Reglamento (UE) 2022/868 de Gobernanza de Datos y la Ley de Datos (Data Act, 2023) son los pilares de esa soberanía normativa. Ambos establecen mecanismos para garantizar el acceso y la reutilización de datos industriales y personales bajo control europeo, lo que impide dependencias estructurales respecto a infraestructuras extracomunitarias. La Comisión Europea ha señalado expresamente que el dominio tecnológico debe ir acompañado de una supervisión jurídica capaz de equilibrar innovación y derechos fundamentales.

3. Implicaciones doctrinales

Desde una perspectiva doctrinal, la soberanía de IA representa una nueva fase del Derecho tecnológico europeo. Ya no se trata solo de regular el comportamiento de los sistemas automatizados, sino de redefinir la titularidad y el control sobre los medios de producción algorítmica. En este sentido, el jurista debe considerar tres planos interrelacionados:

  • El plano jurídico-material: normas que determinan la titularidad y responsabilidad sobre los modelos y datos.
  • El plano institucional: agencias y mecanismos europeos que garanticen la supervisión coordinada de la IA.
  • El plano geopolítico: relaciones internacionales en torno a la exportación de modelos y chips de IA, donde la UE busca independencia frente a EE. UU. y China.

4. Perspectiva española

España ha asumido una posición destacada en el impulso normativo de la inteligencia artificial responsable. El Proyecto de Ley de Inteligencia Artificial —en tramitación durante 2025— incorpora la noción de soberanía digital como principio rector, alineado con los valores constitucionales de libertad y seguridad tecnológica. Asimismo, la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) constituye un instrumento clave para trasladar al ámbito nacional las exigencias de transparencia y control establecidas por el AI Act.

5. Reflexión final

La soberanía de la inteligencia artificial emerge como el nuevo eje de la política jurídica europea. Su reconocimiento normativo supone un paso más allá de la protección de datos: implica dotar al Derecho de instrumentos para garantizar la autonomía tecnológica y la seguridad jurídica de los Estados frente a dependencias estructurales. En última instancia, el desafío doctrinal radica en definir un equilibrio entre apertura tecnológica y control normativo, evitando que la soberanía se convierta en un obstáculo a la cooperación científica o económica.

Autor: Santiago Carretero Sánchez
Profesor Titular de la Universidad Rey Juan Carlos

Publicado en: Blog de la IA Actual

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