Código de Buenas Prácticas de la Unión Europea para la Inteligencia Artificial: Un Instrumento Clave de Implementación del AI Act

 



Código de Buenas Prácticas de la Unión Europea para la Inteligencia Artificial: Un Instrumento Clave de Implementación del AI Act

Santiago Carretero, Profesor Titular de la Universidad Rey Juan Carlos

Introducción

Esta entrada examina de forma técnica y rigurosa el Código de Buenas Prácticas para Inteligencia Artificial de Propósito General (GPAI) publicado por la Unión Europea el 10 de julio de 2025, como parte del marco regulatorio introducido por la Ley de Inteligencia Artificial (AI Act). Este instrumento —voluntario, pero de alta relevancia práctica para la industria y supervisores regulatorios— ofrece un esquema concreto y operativo para facilitar el cumplimiento de obligaciones legales en materia de seguridad, transparencia y respeto a derechos fundamentales (transparencia, cumplimiento de derechos de autor, y mitigación de riesgos sistémicos).


1. Contexto Normativo y Finalidad del Código

El AI Act representa el primer régimen regulatorio integral en el mundo para la inteligencia artificial, adoptado por la UE en 2024 y cuya aplicación en fases se inicia en agosto de 2025. Dentro de este marco, los modelos de IA de propósito general —herramientas versátiles que pueden desempeñar múltiples funciones técnicas— son objeto de obligaciones específicas en materia de documentación, transparencia y gestión de riesgos antes de su despliegue en el mercado de la UE.

El Código de Buenas Prácticas para GPAI surgió como respuesta a la necesidad de traducir esos preceptos normativos a pautas de cumplimiento operativo. Está diseñado como un instrumento voluntario que permite a los proveedores de modelos de propósito general demostrar conformidad con el AI Act, reduciendo la carga administrativa y ofreciendo mayor seguridad jurídica frente a otras formas de prueba de cumplimiento.


2. Estructura y Contenido del Código

El Código se compone de tres capítulos principales, cada uno orientado a un ámbito crítico del cumplimiento regulatorio:

2.1 Transparencia

La sección de transparencia obliga —de forma práctica— a la elaboración y actualización de documentación técnica exhaustiva sobre modelos de IA, incluyendo información detallada sobre su desarrollo, capacidades, limitaciones y procedimientos de integración por terceros. Esta documentación también debe estar disponible para autoridades competentes cuando lo soliciten, en especial para evaluar la conformidad de aplicaciones de alto riesgo construidas sobre esos modelos.

2.2 Derechos de Autor

Se incorporan compromisos explícitos para implementar políticas internas que garanticen la conformidad con el derecho de autor de la UE (Directiva 2019/790), lo que implica identificar, documentar y gestionar riesgos asociados con el uso de contenidos protegidos durante el entrenamiento o funcionamiento de los modelos de IA.

2.3 Seguridad y Mitigación de Riesgos Sistémicos

Este capítulo se refiere a proveedores de modelos que entrañan riesgos sistémicos —aquellos con mayor potencial de impacto profundo en mercados, servicios críticos o estructuras socioeconómicas— y establece medidas avanzadas de seguridad, control de integridad y evaluación continua de riesgos, alineadas con los requisitos del AI Act para esta categoría específica de IA.


3. Naturaleza Voluntaria y Efectos Jurídicos

Aunque el Código es voluntario, su firma por parte de un proveedor se traduce en una vía preferente para demostrar cumplimiento de obligaciones legales del AI Act, con beneficios como la reducción de cargas probatorias ante autoridades supervisoras. Los proveedores que optan por no adherirse no están exentos de cumplimiento normativo; simplemente deben demostrar conformidad por otros medios apropiados, lo cual puede implicar mayores exigencias de documentación y auditoría.

Empresas tecnológicas de gran relevancia han adoptado distintas posiciones: algunas han firmado la adhesión completa o parcial, mientras que otras han criticado su alcance o se han abstenido de adherirse, argumentando incertidumbres legales o impactos en innovación.


4. Retos de Implementación y Críticas Doctrinales

Existen debates relevantes sobre la eficacia y alcance del Código:

  • Interacción con derechos fundamentales: Algunos sectores han manifestado que ciertas obligaciones propuestas no garantizan efectivamente la protección de derechos como el de información o la propiedad intelectual, sugiriendo posibles lagunas frente a regímenes jurídicos preexistentes.
  • Acceso de stakeholders: La participación de actores industriales y de derechos-holders ha suscitado críticas respecto a la representación en el proceso de elaboración del código y la ponderación de intereses, especialmente en aspectos como transparencia y secretismo empresarial.

Conclusión

El Código de Buenas Prácticas de la UE para la IA de propósito general constituye una pieza normativa de gran importancia técnica dentro del ecosistema jurídico del AI Act. Su relevancia radica en ofrecer un marco de cumplimiento operativo que incorpora principios de transparencia, gestión de riesgos y respeto a derechos fundamentales, y en su potencial para convertirse en un referente internacional para la regulación de modelos de IA avanzados.

Este instrumento refleja un enfoque normativo que combina responsabilidad proactiva del sector privado con supervisión regulatoria estructurada, apuntalando el objetivo europeo de un mercado de IA que sea seguro, confiable y compatible con valores fundamentales del derecho interno y de la UE.


Bibliografía y fuentes

  • “EU unveils AI code of practice to help businesses comply with bloc's rules,” AP News, 10 julio 2025.
  • “The General-Purpose AI Code of Practice,” European Commission – Shaping Europe’s digital future.
  • Textos adicionales sobre estructura y contenido del Código (DLAPiper, Taylor Wessing, etc.).
  • Posición de industria y críticas (Meta y otros actores).

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