La inversión en inteligencia artificial como fenómeno estructural de la economía digital: implicaciones jurídicas
La inversión en inteligencia artificial como fenómeno estructural de la economía digital: implicaciones jurídicas
Santiago Carretero
Profesor Titular de Universidad (Derecho)
Universidad Rey Juan Carlos
La inteligencia artificial ha dejado de ser un vector tecnológico emergente para convertirse en un elemento estructural de la economía digital contemporánea. El ejercicio 2025 marca un punto de inflexión particularmente relevante: la inversión global en el sector de Tecnologías de la Información ha alcanzado cifras históricas —en torno a los 4,25 billones de dólares— con un crecimiento interanual aproximado del 14 %, impulsado de manera decisiva por el despliegue de infraestructuras, servicios y aplicaciones basadas en inteligencia artificial. Este volumen inversor no se registraba desde finales del siglo XX, cuando la expansión de internet y de la informática personal transformó de forma irreversible los mercados tecnológicos.
Desde una perspectiva jurídica, este dato económico no puede ser leído de manera aislada ni meramente descriptiva. La inversión masiva en inteligencia artificial revela una mutación profunda en los factores de producción, en la organización de los mercados y en la forma en que se genera valor económico. La IA no actúa como una tecnología instrumental más, sino como una infraestructura transversal que condiciona sectores enteros —finanzas, salud, transporte, educación, justicia— y que, por ello, interpela directamente al Derecho económico, al Derecho público y al sistema de garantías de los derechos fundamentales.
Uno de los primeros ámbitos afectados es el del Derecho de la competencia. La concentración de inversiones en manos de grandes operadores tecnológicos —los denominados hiperescaladores— genera ventajas acumulativas difíciles de neutralizar por los instrumentos clásicos del control antitrust. El acceso privilegiado a grandes volúmenes de datos, la capacidad computacional y la integración vertical de servicios de IA configuran nuevas formas de poder de mercado que no siempre se reflejan en las métricas tradicionales basadas en cuotas de ventas o precios. Ello obliga a replantear los criterios jurídicos de análisis de la posición dominante y de las barreras de entrada, incorporando variables tecnológicas que hasta ahora quedaban fuera del radar normativo.
De forma paralela, la fiscalidad de la economía digital se enfrenta a tensiones crecientes. La generación de valor mediante algoritmos, servicios en la nube y modelos de inteligencia artificial dificulta la localización territorial de la riqueza y pone en cuestión los principios clásicos de establecimiento permanente y sujeción tributaria. El aumento exponencial de la inversión en IA intensifica el debate sobre la adecuación de los sistemas fiscales nacionales y sobre la necesidad de soluciones coordinadas a escala internacional, como las impulsadas por la OCDE en el marco del proyecto BEPS y del impuesto mínimo global. Desde una perspectiva jurídica, el reto no es solo recaudatorio, sino también de legitimidad del sistema tributario en un contexto de profunda digitalización.
La protección de datos personales y la seguridad jurídica constituyen otro eje central. La expansión de la inteligencia artificial se apoya necesariamente en el tratamiento intensivo de datos, muchos de ellos de carácter personal o sensible. El incremento de la inversión en IA exige, correlativamente, un reforzamiento de los principios de licitud, transparencia, minimización y responsabilidad proactiva. No se trata únicamente de cumplir formalmente con marcos normativos como el Reglamento General de Protección de Datos, sino de garantizar que el desarrollo tecnológico no erosione derechos fundamentales como la privacidad, la igualdad o la no discriminación, especialmente en contextos de decisiones automatizadas o semiautomatizadas.
A ello se añade una dimensión claramente política y estratégica: la cuestión de la soberanía tecnológica. La concentración de infraestructuras críticas de inteligencia artificial en manos de actores privados globales plantea interrogantes relevantes sobre la autonomía regulatoria de los Estados, la resiliencia de los sistemas económicos y la capacidad de control democrático sobre tecnologías esenciales. En este punto, el Derecho se ve llamado a desempeñar una función ordenadora que vaya más allá de la reacción ex post, articulando políticas públicas que orienten la inversión hacia modelos compatibles con los valores constitucionales y con el interés general.
Desde una perspectiva doctrinal, el récord histórico de inversión en inteligencia artificial obliga a reconsiderar el papel del Derecho económico en la era digital. La regulación ya no puede concebirse únicamente como un límite a la actividad económica, sino como un instrumento de estructuración de mercados profundamente condicionados por la tecnología. Ello implica adaptar los marcos normativos de competencia, fiscalidad, protección de datos y responsabilidad para garantizar que la innovación tecnológica se traduzca en progreso social y no en nuevas formas de desigualdad o concentración de poder.
En definitiva, la inteligencia artificial se ha convertido en el principal motor del crecimiento tecnológico global y, al mismo tiempo, en uno de los mayores desafíos para el Derecho contemporáneo. El incremento histórico de la inversión en el sector de TI no solo confirma la centralidad económica de la IA, sino que exige una respuesta jurídica rigurosa, sistemática y anticipatoria, capaz de acompañar la innovación sin abdicar de las funciones esenciales de tutela, equilibrio y garantía propias del ordenamiento jurídico.
Referencia (APA 7.ª edición)
Moreno, M. (2026, 11 de enero). La inteligencia artificial dispara la inversión TI: bate récords mundiales casi tres décadas después. El Español – Invertia.
https://www.elespanol.com/invertia/disruptores/grandes-actores/tecnologicas/20260111/inteligencia-artificial-dispara-inversion-bate-records-mundiales-decadas-despues/1003744083872_0.html

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