La nueva responsabilidad jurídica del abogado, del investigador y del estudiante ante la inteligencia artificial generativa
La nueva responsabilidad jurídica del abogado, del investigador y del estudiante ante la inteligencia artificial generativa
Santiago Carretero Sánchez
Profesor Titular de la Universidad Rey Juan Carlos. Abogado.
La expansión acelerada de la inteligencia artificial generativa en el ámbito jurídico está produciendo una transformación profunda no solo en la práctica profesional de la abogacía, sino también en la investigación universitaria y en los modelos de aprendizaje jurídico. La reciente advertencia institucional emitida en España sobre posibles sanciones disciplinarias a abogados que utilicen inteligencia artificial sin una verificación humana efectiva supone, probablemente, uno de los primeros intentos serios de delimitar jurídicamente el estándar de diligencia exigible en el nuevo ecosistema digital del Derecho.
La cuestión ya no reside en determinar si la inteligencia artificial puede utilizarse en el ámbito jurídico, pues su incorporación resulta prácticamente irreversible, sino en establecer bajo qué condiciones puede hacerse compatible con los principios esenciales de responsabilidad profesional, veracidad técnica, tutela judicial efectiva y protección de derechos fundamentales.
El problema es especialmente relevante porque los sistemas de IA generativa producen resultados con una elevada apariencia de exactitud formal. Redactan demandas, elaboran informes doctrinales, sintetizan jurisprudencia y generan argumentos jurídicos complejos con una velocidad extraordinaria. Sin embargo, esa sofisticación lingüística convive con un fenómeno técnicamente muy peligroso: las denominadas “alucinaciones jurídicas”, es decir, la invención de sentencias, normas, citas doctrinales o razonamientos inexistentes.
Nos encontramos así ante un nuevo escenario de riesgo jurídico donde el profesional podría incurrir en responsabilidad no por desconocimiento del Derecho, sino por una delegación excesiva de confianza en sistemas automatizados.
La advertencia realizada desde el ámbito de la abogacía española posee una trascendencia doctrinal enorme porque redefine el concepto tradicional de diligencia profesional. El abogado continúa siendo plenamente responsable del contenido que firma y presenta ante tribunales, aunque el texto haya sido elaborado total o parcialmente mediante inteligencia artificial. Desde esta perspectiva, la IA deja de ser considerada una simple herramienta neutra y pasa a integrarse dentro del propio deber de supervisión técnica exigible al jurista contemporáneo.
Este fenómeno conecta directamente con el artículo 24 de la Constitución Española, pues la utilización de contenidos erróneos generados por IA podría afectar al derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva. También se relaciona con el secreto profesional, particularmente cuando se utilizan plataformas abiertas o sistemas gratuitos que pueden reutilizar información sensible introducida por los usuarios.
Pero la cuestión no afecta exclusivamente a la abogacía. El impacto sobre la universidad y sobre la investigación jurídica resulta igualmente profundo y posiblemente aún más complejo.
En el ámbito investigador comienzan a detectarse trabajos académicos elaborados parcialmente mediante sistemas de IA sin controles metodológicos suficientes. La facilidad para generar estados de la cuestión, bibliografías, resúmenes doctrinales o incluso propuestas argumentativas puede provocar una peligrosa degradación del rigor científico si no existe una comprobación exhaustiva de las fuentes utilizadas.
El riesgo no es únicamente ético. También es jurídico y epistemológico. Una investigación basada en citas inexistentes, referencias doctrinales falsas o interpretaciones normativas inventadas compromete la credibilidad misma de la producción científica universitaria. La inteligencia artificial puede asistir al investigador, pero no puede sustituir la función crítica inherente al razonamiento jurídico-académico.
Especialmente preocupante resulta la situación en el ámbito universitario. Muchos estudiantes comienzan a utilizar sistemas de IA como sustitutos directos del razonamiento propio. El problema ya no consiste simplemente en detectar plagios clásicos, sino en afrontar una nueva forma de dependencia intelectual asistida algorítmicamente.
La universidad se enfrenta así a un cambio estructural de enorme magnitud: el alumno ya no espera únicamente adquirir conocimiento de manera progresiva, sino que interactúa directamente con sistemas capaces de ofrecer respuestas instantáneas, argumentaciones completas y estructuras jurídicas aparentemente sofisticadas. Esto obliga a replantear profundamente los métodos de evaluación, el modelo docente y el propio concepto de aprendizaje jurídico.
El verdadero desafío pedagógico no será prohibir la inteligencia artificial, algo materialmente imposible, sino enseñar a utilizarla críticamente. El estudiante deberá aprender no solo Derecho, sino también verificación jurídica, control de fuentes, auditoría argumentativa y detección de errores algorítmicos.
Surge así una nueva alfabetización jurídica digital donde el valor diferencial ya no será únicamente conocer normas y jurisprudencia, sino saber identificar cuándo una máquina produce un contenido técnicamente fiable y cuándo genera una apariencia de conocimiento jurídicamente defectuosa.
Todo ello conduce hacia una nueva “lex artis digital” aplicable no solo al abogado, sino también al investigador y al docente universitario. La supervisión humana deja de ser un elemento accesorio para convertirse en el núcleo mismo de la responsabilidad jurídica en la era de la inteligencia artificial.
La IA puede multiplicar la productividad y democratizar el acceso al conocimiento jurídico, pero también puede erosionar silenciosamente la calidad técnica del razonamiento si se transforma en una autoridad automática incuestionada. Precisamente por ello, el futuro del Derecho dependerá no solo de cuánto avance la inteligencia artificial, sino de cuánto permanezca viva la capacidad humana de crítica, verificación y juicio jurídico autónomo.
Referencias APA
Consejo de la Abogacía Europea (CCBE). (2026). Guidance on the responsible use of generative artificial intelligence by legal professionals. Bruselas: CCBE.
European Commission. (2026). Implementation guidelines for trustworthy artificial intelligence under the AI Act. Bruselas: Comisión Europea.
UNESCO. (2025). Guidance for generative AI in education and research. París: UNESCO.
Agencia Española de Protección de Datos. (2026). Recomendaciones sobre inteligencia artificial y tratamiento de datos en profesiones jurídicas. Madrid: AEPD.
European Data Protection Board. (2026). Opinion on generative AI systems and professional confidentiality. Bruselas: EDPB.
OpenAI. (2025). Educational and professional considerations for generative AI deployment. San Francisco: OpenAI.

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