LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO DORA
Santiago Carretero Sánchez
Ideas que estraigo de la entrevista con la Abogada Maria Vidal, sobre el Reglamento DORA que empieza su vigencia el día 17 de enero de 2025.
El impacto de la regulación tecnológica y financiera en la práctica del Derecho
La abogada María Vidal, socia y codirectora de la práctica de Derecho TIC y Protección de Datos en finReg360, ha desarrollado una carrera centrada en la adaptación jurídica al avance tecnológico y su regulación. Desde su formación en Derecho en la Universidad de Navarra y su especialización en tecnologías de inteligencia artificial en ICADE, Vidal ha enfrentado los retos legales de normativas fundamentales como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y el reciente Reglamento de IA.
El Reglamento Dora: un nuevo paradigma regulatorio
Uno de los hitos clave en la actualidad es el Reglamento sobre Resiliencia Operativa Digital (DORA), que entrará en vigor el próximo 17 de enero. Este marco normativo busca reforzar la resiliencia digital de entidades financieras europeas, estableciendo estándares para minimizar riesgos tecnológicos y asegurar la continuidad operativa ante incidentes digitales, el peligro de la ciberseguridad, el gran problema con el que la IA no deja de encontrarse.
La complejidad de DORA por su enfoque técnico y su estructura basada en obligaciones específicas:
- Buen gobierno: Requiere una asignación clara de roles y responsabilidades dentro de las empresas, incluyendo la implicación directa del Consejo de Administración.
- Seguridad de la información: Obliga a las entidades a implementar estrategias proactivas, como pruebas de ciberseguridad, planes de continuidad y evaluación de terceros.
- Gestión de terceros: Introduce exigencias sobre los contratos con proveedores tecnológicos, lo que ha generado incertidumbre debido a la falta de regulación secundaria.
Desafíos en la implementación
La aplicación práctica de DORA supone retos significativos para los que las empresas y organismos no sabemos si van a estar completamente preparados:
- Adecuación proporcional: Las medidas deben adaptarse a las características y riesgos específicos de cada entidad.
- Gestión de proveedores: La dependencia de terceros y la falta de claridad sobre lo que constituye un servicio TIC complican la conformidad.
- Actualización contractual: DORA exige revisar y adaptar los contratos tecnológicos para incluir requisitos que aún no están definidos completamente.
Un impacto transformador en el sector
DORA representa una nueva dimensión de control regulatorio en el ámbito tecnológico, que se suma a áreas tradicionales como la prevención del blanqueo de capitales y la protección de datos. Este marco impulsa a las empresas a invertir en tecnología que no solo garantice el cumplimiento normativo, sino que también mejore sus capacidades de seguimiento y respuesta ante riesgos. El éxito de la adaptación a DORA depende de planes personalizados que traduzcan sus exigencias normativas a soluciones prácticas.
Reflexión final
El Reglamento DORA marca un antes y un después en la regulación de resiliencia digital, no solo en el sector financiero, sino como modelo aplicable a otros sectores. Las empresas deben anticiparse y adoptar medidas que aseguren su cumplimiento, minimizando riesgos operativos y fortaleciendo su seguridad tecnológica una faceta más de humanismo y compliance tecnológico que entendemos es crucial. Como bien indica Vidal, la inversión en tecnología no solo es una necesidad, sino también una oportunidad para consolidar un marco de seguridad robusto y sostenible, pero siempre sin perder de vista al ser humano como centro y sujeto de derechos.
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