La reforma preocupante del Derecho procesal penal: un peligro para El Estado de DERECHO
Santiago Carretero
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La propuesta de reforma legal presentada por el PSOE en enero de 2025 introduce modificaciones en varios artículos clave de la legislación española. A continuación, se detallan los cambios más relevantes:
1. Limitación de la acusación popular
La reforma busca restringir la participación de partidos políticos y asociaciones vinculadas en la figura de la acusación popular. Aunque el texto específico de los artículos modificados no se ha publicado en su totalidad, se prevé que las modificaciones afecten a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, especialmente en lo referente a la regulación de la acusación popular. El objetivo es circunscribir la intervención de estas entidades a la fase de juicio oral y a la formulación inicial de la querella, dejando la instrucción en manos del Ministerio Fiscal y las víctimas directas del delito. Es preocupante que se pueda negar esa posibilidad a partidos y asociados que han descubierto muchos casos de corrupción, se ha alertado por su inconstitucionalidad.
2. Prohibición de denuncias basadas únicamente en recortes de prensa
La iniciativa pretende impedir la admisión a trámite de denuncias que se fundamenten exclusivamente en informaciones periodísticas sin aportar indicios adicionales de irregularidades. Esta medida busca evitar el uso abusivo del sistema judicial mediante denuncias infundadas que carecen de soporte probatorio sólido. Otro error porque la noticia criminis será investigadA SIEMPRE, SU INCONSTITUCIONALIDAD ES MAS QUE PROBLABLE.
3. Eliminación del delito de ofensas contra los sentimientos religiosos
Se propone la supresión del artículo 525 del Código Penal, que tipifica las ofensas contra los sentimientos religiosos. La justificación es que este precepto ha sido utilizado por organizaciones fundamentalistas para perseguir a individuos cuyas expresiones no concuerdan con su línea ideológica, limitando así la libertad de expresión. OTRO ARTICULO, QUE QUIZAS NO RESPETA EL ESPÍRITU CONSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 16 DE LA CARTA MAGNA.
4. Recusación de jueces con manifestaciones políticas
La reforma plantea que aquellos jueces que hayan realizado declaraciones públicas a favor o en contra de partidos políticos, sindicatos u otras entidades no puedan participar en procesos donde estas organizaciones estén implicadas. Esto se implementaría mediante mecanismos de abstención o recusación, con el fin de garantizar la imparcialidad judicial. Impide a los jueces su libertad de expresión que es un derecho fundamental que les asiste como ciudadanos.
Consideraciones adicionales
Es importante señalar que, al tratarse de una proposición de ley registrada por el grupo parlamentario socialista, el texto definitivo de los artículos modificados estará sujeto a debate y posibles enmiendas durante el proceso legislativo en el Congreso de los Diputados. Por lo tanto, los detalles específicos de las modificaciones propuestas podrían variar hasta su aprobación final. Tiene aspectos que limitan o rozan derechos fundamentales, no se recuerda una ley AD hoc tan clara dados los casos de alarma que involucran A FAMILIARES Y AMIGOS E INSTITUCIONES ACTUALMENTE.
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