Adaptación del abogado a los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC)
Adaptación del abogado a los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC)
Autor: Santiago Carretero Sánchez
1. Conocimiento normativo
- Ley 7/2023, de 26 de junio, de impulso de los MASC.
- Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
- Normativa europea (Directiva 2008/52/CE, Reglamento 524/2013 sobre ODR).
2. Obligación previa al proceso
Para interponer demanda civil o mercantil, debe acreditarse que se ha intentado previamente un MASC, salvo en supuestos exceptuados por la ley (art. 438.1 LEC tras reforma de 2023).
3. Formación específica
Formación práctica en:
- Mediación civil y mercantil (mínimo 100 horas para ser mediador).
- Conciliación y negociación asistida.
- Arbitraje: como abogado o como árbitro.
4. Habilidades profesionales
- Redacción de cláusulas MASC contractuales.
- Evaluación estratégica del mecanismo más adecuado.
- Representación de clientes en el proceso de MASC.
- Uso de plataformas digitales de resolución de conflictos.
5. Inscripción y acreditación
Para actuar como mediador debe inscribirse en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. En el caso de árbitros u otros mecanismos, se requiere acreditación en las entidades correspondientes.
6. Uso profesional de MASC
- Integrar cláusulas MASC en contratos.
- Informar al cliente sobre MASC de forma documentada.
- Conservar justificante del intento de solución extrajudicial previo al litigio.
7. Responsabilidad profesional
La omisión injustificada del intento de MASC puede acarrear pérdida de costas o responsabilidad disciplinaria/profesional.
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