Adaptación del abogado a los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC)

 

Adaptación del abogado a los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC)

Autor: Santiago Carretero Sánchez

1. Conocimiento normativo

  • Ley 7/2023, de 26 de junio, de impulso de los MASC.
  • Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
  • Normativa europea (Directiva 2008/52/CE, Reglamento 524/2013 sobre ODR).

2. Obligación previa al proceso

Para interponer demanda civil o mercantil, debe acreditarse que se ha intentado previamente un MASC, salvo en supuestos exceptuados por la ley (art. 438.1 LEC tras reforma de 2023).

3. Formación específica

Formación práctica en:

  • Mediación civil y mercantil (mínimo 100 horas para ser mediador).
  • Conciliación y negociación asistida.
  • Arbitraje: como abogado o como árbitro.

4. Habilidades profesionales

  • Redacción de cláusulas MASC contractuales.
  • Evaluación estratégica del mecanismo más adecuado.
  • Representación de clientes en el proceso de MASC.
  • Uso de plataformas digitales de resolución de conflictos.

5. Inscripción y acreditación

Para actuar como mediador debe inscribirse en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. En el caso de árbitros u otros mecanismos, se requiere acreditación en las entidades correspondientes.

6. Uso profesional de MASC

  • Integrar cláusulas MASC en contratos.
  • Informar al cliente sobre MASC de forma documentada.
  • Conservar justificante del intento de solución extrajudicial previo al litigio.

7. Responsabilidad profesional

La omisión injustificada del intento de MASC puede acarrear pérdida de costas o responsabilidad disciplinaria/profesional.

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