La inteligencia artificial comienza a “pensar con imágenes”: implicaciones jurídicas de una nueva frontera tecnológica

 

Por Santiago Carretero Sánchez, Profesor de Filosofía del Derecho, Universidad Rey Juan Carlos

La irrupción de la inteligencia artificial generativa ha supuesto una transformación sin precedentes en los modos de creación, análisis y gestión del conocimiento. Sin embargo, la reciente presentación por parte de OpenAI de sus nuevos modelos o3 y o4-mini —los primeros capaces de razonar con imágenes como parte de su proceso interno— introduce un salto cualitativo que merece atención desde la teoría jurídica y la filosofía del derecho.

Hasta ahora, la IA operaba esencialmente en el plano textual: generaba, completaba o interpretaba lenguaje natural en sus diversas formas. No obstante, los nuevos modelos de OpenAI integran un mecanismo de análisis visual en su arquitectura lógica, permitiendo que imágenes y texto interactúen en una única cadena de razonamiento. Este avance inaugura lo que podríamos denominar una fase de "multimodalidad fuerte", en la que el procesamiento simbólico trasciende la linealidad textual para abordar la complejidad de lo visual.

Desde una perspectiva jurídico-filosófica, esta innovación plantea interrogantes de fondo sobre los límites del juicio automatizado. ¿Es posible hablar de interpretación —en sentido jurídico— cuando una máquina integra elementos visuales y contextuales en la generación de sus respuestas? ¿Qué consecuencias tendría este tipo de razonamiento para sistemas de justicia automatizada o para tareas como la revisión documental, la reconstrucción de hechos o la identificación de patrones de conducta en entornos jurídicos?

Además, la incorporación de herramientas como Codex CLI, un agente de código abierto capaz de interpretar e incluso recrear imágenes desde entornos locales, introduce nuevas posibilidades —y riesgos— en el ámbito de la privacidad, la autoría digital y la autenticidad probatoria. La manipulación visual mediante IA, ya no meramente asistida sino integrada en procesos cognitivos autónomos, exige repensar las categorías jurídicas de la prueba digital, la fiabilidad técnica y el control epistémico de las decisiones automatizadas.

En este contexto, cabe recordar que los sistemas normativos contemporáneos no pueden permanecer al margen de estos desarrollos. Si la inteligencia artificial avanza hacia formas de "pensamiento visual", será necesario acompañar este proceso con una reflexión jurídica rigurosa que anticipe sus implicaciones en el ámbito de los derechos fundamentales, la función judicial y la arquitectura institucional del Estado de Derecho.

No se trata, en suma, de subirse al tren de la tecnología por entusiasmo o urgencia, sino de mantener el equilibrio entre innovación y garantías, entre lo posible técnicamente y lo legítimo jurídicamente. En esta nueva frontera, el pensamiento jurídico está llamado no solo a regular, sino a comprender en profundidad lo que está en juego.


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