Práctica Invertida de Creación del Prompt Jurídico: RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN EL APAGÓN ELÉCTRICO

 Práctica Invertida de Creación del Prompt Jurídico: RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN EL APAGÓN ELÉCTRICO

Por Santiago Carretero Sánchez, Profesor Titular de Filosofía del Derecho, URJC

 

Supuesto de Hecho

El 28 de abril de 2025, un apagón eléctrico afectó a toda la península ibérica, incluyendo España y Portugal, durante varias horas. Un restaurante en Madrid, "La Cocina de Madrid", sufrió pérdidas significativas debido a la interrupción del suministro eléctrico. Los alimentos perecederos se echaron a perder, y el restaurante tuvo que cerrar durante el horario de mayor afluencia, resultando en una pérdida de ingresos considerable.

Normativa Constitucional y Administrativa

  1. Constitución Española:
    • Artículo 106.2: Establece la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas por los daños que causen en el ejercicio de sus funciones, salvo en casos de fuerza mayor.
  2. Ley 24/2013 del Sector Eléctrico:
    • Artículo 45: Obliga a las empresas distribuidoras a garantizar un suministro eléctrico continuo y de calidad.
    • Artículo 46: Establece que las interrupciones del servicio deben ser compensadas, salvo en casos de fuerza mayor.
  3. Real Decreto 1955/2000:
    • Artículo 104: Regula las condiciones de calidad del suministro eléctrico y las compensaciones por interrupciones.

Ley del Seguro

  1. Ley 50/1980 de Contrato de Seguro:
    • Artículo 23: Establece un plazo de dos años para reclamar indemnizaciones derivadas de contratos de seguro.
    • Coberturas específicas: Incluye indemnizaciones por daños eléctricos, pérdida de alimentos refrigerados y lucro cesante.

Alegación Normativa del Estado, Red Eléctrica y Operadores

  1. Fuerza Mayor:
    • Definición: Evento imprevisible e inevitable que exime de responsabilidad.
    • Argumento: El Estado y Red Eléctrica alegan que el apagón fue causado por un evento de fuerza mayor, fuera de su control y previsión.

 

 

Justicia Predictiva y Conclusiones de Cada Parte

  1. Restaurante "La Cocina de Madrid":
    • Conclusión: Reclama indemnización por daños y perjuicios, argumentando que la interrupción del suministro eléctrico no fue adecuadamente gestionada y que no se tomaron medidas preventivas suficientes.
  2. Estado y Red Eléctrica:
    • Conclusión: Alegan fuerza mayor, argumentando que el evento fue imprevisible e inevitable, y que se tomaron todas las medidas razonables para evitar el daño.
  3. Justicia Predictiva:
    • Previsión: Utilizando herramientas de jurimetría analítica, se prevé que el tribunal podría fallar a favor del restaurante si se demuestra que la interrupción no fue debidamente gestionada y que no se tomaron medidas preventivas adecuadas.

 

Prompt Jurídico:

Supuesto de Hecho: El 28 de abril de 2025, un apagón eléctrico afectó a toda la península ibérica, incluyendo España y Portugal, durante varias horas. Un restaurante en Madrid, "La Cocina de Madrid", sufrió pérdidas significativas debido a la interrupción del suministro eléctrico. Los alimentos perecederos se echaron a perder, y el restaurante tuvo que cerrar durante el horario de mayor afluencia, resultando en una pérdida de ingresos considerable.

Pregunta Jurídica: ¿Puede el restaurante "La Cocina de Madrid” reclamar indemnización por los daños y perjuicios sufridos debido al apagón eléctrico, considerando la normativa constitucional y administrativa, la ley del seguro, ¿y la alegación de fuerza mayor por parte del Estado y Red Eléctrica?


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