IA sin fronteras: panorámica jurídica global antes del descanso veraniego

 

IA sin fronteras: panorámica jurídica global antes del descanso veraniego

La inteligencia artificial avanza a velocidad vertiginosa y la legislación lucha por alcanzarla. En este informe final de temporada revisamos, desde una perspectiva jurídica comparada, cómo distintos países regulan actualmente la IA con normas vinculantes. No es un resumen superficial ni un guion de podcast, sino un análisis riguroso para lectores familiarizados: repasaremos la situación en la Unión Europea, Estados Unidos, Asia y América Latina, señalando tratados internacionales clave. Prestaremos especial atención a los temas críticos de sesgo algorítmicoresponsabilidad jurídica y transparencia.

Unión Europea

La UE es pionera en regulación de IA. El Reglamento (UE) de Inteligencia Artificial entró en vigor el 1 de agosto de 2024. Bajo un enfoque basado en riesgos, clasifica los usos de IA desde mínimo hasta inaceptable. Los sistemas de alto riesgo deben cumplir estrictos requisitos: evaluación de riesgos, calidad de datos, información clara al usuario y supervisión humana. Además, la UE trabaja en la responsabilidad civil con nuevas Directivas. También se impulsa un Código de Práctica para grandes modelos de IA.

Estados Unidos

EE.UU. carece de una ley federal específica. Utiliza regulaciones sectoriales existentes aplicadas por agencias como la FTC o la EEOC. La regulación se basa en leyes generales, órdenes ejecutivas y acciones judiciales. Algunos estados como California han legislado temas específicos, como el etiquetado de contenido manipulado.

China y Corea del Sur

China ha adoptado medidas vinculantes como las Medidas provisionales para IA generativa y normas de etiquetado obligatorio de contenido sintético. Prohíbe la publicación de contenidos falsos creados por IA y exige registro oficial de proveedores.

Corea del Sur aprobó en enero de 2025 una Ley Marco de IA que entrará en vigor en 2026. Exige transparencia, clasifica sistemas de alto impacto y establece obligaciones diferenciadas. Promueve innovación con incentivos a pymes y centros de datos.

América Latina

Brasil lidera la región con el proyecto de ley PL 2338/2023, aprobado en el Senado. Adopta el enfoque de riesgo de la UE y prevé una gobernanza multipartita. La Agencia de Protección de Datos coordinará el sistema nacional. Otros países avanzan en debates preliminares.

Convenciones y organismos internacionales

El Convenio Marco sobre IA del Consejo de Europa (CETS 225), firmado en Vilna en 2024, es el primer tratado internacional vinculante en esta materia. Participan también países no europeos como EE.UU., Canadá o Japón. A pesar de su falta de sanciones, establece principios exigibles sobre derechos humanos, democracia y Estado de Derecho. La OCDE, el G7 y la UNESCO complementan con principios éticos sin fuerza legal.

Desafíos críticos: sesgo, responsabilidad y transparencia

Sesgo algorítmico

Las leyes prohíben decisiones automatizadas basadas en datos discriminatorios. La UE lo contempla como riesgo inaceptable. Brasil propone auditorías. EE.UU. aplica leyes antidiscriminación a los sistemas algorítmicos. Sin embargo, siguen existiendo brechas técnicas y legales para garantizar la equidad.

Responsabilidad jurídica

La UE avanza en directivas sobre responsabilidad civil y por productos. El AI Act exige documentación y trazabilidad. EE.UU. y Brasil recurren a legislación general o sectorial. La distribución de responsabilidades a lo largo de la cadena de valor de la IA sigue siendo difusa.

Transparencia

Las normas exigen informar al usuario cuando interactúa con IA y etiquetar contenidos generados automáticamente. UE, China y Corea imponen esta obligación. Sin embargo, persiste la dificultad de acceder al funcionamiento interno de modelos complejos, lo que limita la explicabilidad.

Cierre de temporada

La regulación global de la IA está en expansión. Con este informe, despedimos la temporada estival del blog. En agosto reducimos el ritmo a una entrada semanal. Regresamos en septiembre con nuevos análisis sobre ética, derecho y tecnología.

Autor: Santiago Carretero, Profesor Titular de Filosofía del Derecho, ABogado

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