Acciones judiciales frente a insultos y daño reputacional en Internet y redes sociales
Entrada doctrinal
Acciones judiciales frente a insultos y daño reputacional en Internet y redes sociales
Guía práctica y técnica para la litigación civil, penal y de protección de datos (con jurisprudencia reciente y modelos operativos).
1) Planteamiento y estrategia
La difusión de insultos, imputaciones falsas o expresiones vejatorias en redes sociales produce un impacto reputacional intenso por su alcance y persistencia. El ordenamiento español ofrece respuestas civiles (LO 1/1982), penales (injurias/calumnias) y de protección de datos (RGPD/LOPDGDD), además de la cooperación con prestadores (LSSI).
Itinerario rápido
- Civil (LO 1/1982): declaración de intromisión ilegítima, cese, retirada de contenidos, prohibición de reiteración, indemnización, publicación del fallo.
- Penal (CP): injurias y calumnias con publicidad; posible responsabilidad civil ex delicto.
- Datos (RGPD/LOPDGDD): supresión y desindexación; tutela AEPD.
- Intermediarios (LSSI): órdenes de retirada/bloqueo y fijación del conocimiento efectivo.
Objetivos procesales
- Cesar la difusión y retirar URLs/IDs específicas y equivalentes.
- Restituir la reputación (daño moral, medidas de reparación simbólica).
- Prevenir reiteraciones (prohibiciones y monitorización razonable).
2) Marco normativo esencial (operativo)
- Constitución Española: art. 18.1 (honor, intimidad, imagen), 18.4 (datos), 20 (libertades informativas y sus límites).
- LO 1/1982: arts. 1, 2, 7.7 (lesión de dignidad mediante imputaciones/juicios de valor) y 9 (acciones y medidas; 9.5 caducidad 4 años).
- Código Penal: arts. 208–216 (injurias y calumnias); 211 publicidad en Internet/redes.
- RGPD/LOPDGDD: art. 17 RGPD (supresión/“olvido”); procedimientos ante AEPD.
- LSSI: arts. 8 (medidas de restricción), 11 (cooperación) y 16 (exención del prestador de alojamiento condicionada a conocimiento efectivo y diligencia de retirada).
3) Jurisprudencia reciente y criterios
3.1. Constitucional (ponderación honor vs. expresión)
STC 83/2023 consolida la metodología de ponderación entre honor y libertad de expresión, subrayando el contexto, la utilidad social de la crítica y la exclusión del insulto gratuitous. Otras sentencias recientes mantienen la separación entre información (veracidad) y expresión (juicios de valor), y el peso del interés público.
3.2. Tribunal Supremo (civil/penal) y redes
- Sala 1.ª (Civil, 2023–2024): se refuerza que no toda expresión dura es injuriosa; decisión según contexto, tono, conexión con hechos, relevancia pública y difusión en plataformas (v. gr., STS 910/2023).
- Sala 2.ª (Penal): la publicidad en redes agrava (art. 211 CP) y el insulto grave fuera del debate protegido puede integrar injurias; la reparación civil puede incluir retirada de contenidos.
3.3. TJUE y plataformas/buscadores
- Google Spain (C‑131/12, 2014): los buscadores son responsables del tratamiento; procede la desindexación en supuestos adecuados.
- Glawischnig‑Piesczek (C‑18/18, 2019): se pueden ordenar retiradas de contenidos idénticos o equivalentes y con alcance potencialmente mundial, respetando el Derecho de la UE.
- Google (C‑460/20, 2022): para retirar enlaces a contenidos supuestamente inexactos, el interesado debe aportar elementos de prueba que permitan considerar la inexactitud manifiesta.
4) Hoja de ruta procesal
- Preservación probatoria inmediata: capturas certificadas, acta notarial, hash/URL, fecha y alcance, pericia de impacto.
- Requerimientos: al autor y al prestador (red/plataforma/hosting) para activar conocimiento efectivo (art. 16 LSSI) y fijar cronología.
- Elección de vía: civil (LO 1/1982), penal (injurias/calumnias) y/o protección de datos (RGPD/LOPDGDD + AEPD). Acumulación estratégica cuando proceda.
- Medidas cautelares: retirada/cesación, proporcionalidad con art. 20 CE; en redes, retirada de idénticos/equivalentes (C‑18/18); en buscadores, pauta C‑460/20.
- Cuantificación del daño: daño moral (intensidad, persistencia, difusión), costes de mitigación reputacional, condición del afectado.
- Publicación del fallo y prohibición de reiteración: para restituir reputación y prevenir nuevos daños.
5) Modelos de petitum (ideas)
- Civil (LO 1/1982): declaración de intromisión (art. 7.7); cese y retirada de URLs/IDs y equivalentes; prohibición de reiterar; indemnización por daño moral y gastos de mitigación; publicación del fallo; costas; cautelar de retirada temporal.
- Penal (CP): querella por injurias/calumnias con publicidad (art. 211); solicitud de retirada y responsabilidad civil ex delicto.
- Datos: solicitud de supresión/desindexación (art. 17 RGPD) y, en su caso, reclamación ante la AEPD; eventual refuerzo civil si persiste el daño reputacional.
- Intermediarios (LSSI): mandamientos de retirada/bloqueo (arts. 8 y 11) y fijación de conocimiento efectivo (art. 16).
Nota bibliográfica (selección)
- Normativa: CE (arts. 18 y 20); LO 1/1982 (especialmente arts. 7.7 y 9, incl. 9.5); LO 10/1995, CP (arts. 208–216 y 211); Ley 34/2002, LSSI (arts. 8, 11 y 16); RGPD y LOPDGDD.
- Tribunal Constitucional: STC 83/2023, 4 de julio (ponderación honor/libertad de expresión).
- Tribunal Supremo: STS 910/2023, 8 de junio (Sala 1.ª, honor y atribuciones gravemente deshonrosas, contexto en entornos digitales).
- TJUE: C‑131/12, Google Spain (2014); C‑18/18, Glawischnig‑Piesczek (2019); C‑460/20, Google (2022, inexactitud manifiesta para retirar enlaces).
- AEPD: Portal y guías sobre derecho de supresión/“olvido” (actualizaciones 2023–2024); “Ejerce tus derechos” (2024).
- Doctrina y síntesis: Molina, L., Honor y libertad de expresión en las redes (CEPC, 2023); Blesa, L.M., La retirada de contenidos ilícitos por los prestadores de servicios (2021).
Esta entrada recoge criterios jurisprudenciales y normativos vigentes a la fecha indicada, con una selección de referencias para ampliación. No sustituye el análisis del caso concreto.
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