De la sanción administrativa a la responsabilidad penal: el caso Clearview AI y los límites del GDPR
De la sanción administrativa a la responsabilidad penal: el caso Clearview AI y los límites del GDPR
Por Santiago Carretero Sánchez
Profesor Titular de Filosofía del Derecho
La reciente denuncia presentada por la organización NOYB ante la fiscalía de Austria contra la empresa estadounidense Clearview AI representa un punto de inflexión en la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR). Lo que hasta ahora había sido un debate centrado en las sanciones administrativas de las autoridades de protección de datos podría abrirse ahora al terreno penal, conforme al artículo 84 del Reglamento, que habilita a los Estados miembros a tipificar infracciones graves como delitos.
1. El conflicto jurídico de fondo
Clearview AI ha construido una de las mayores bases de datos biométricos del mundo, extrayendo imágenes faciales de redes sociales y sitios web sin consentimiento de los titulares. Las autoridades de protección de datos de varios países europeos, entre ellos Francia, Italia, Grecia y Austria, han impuesto sanciones administrativas a la compañía y le han ordenado eliminar los datos recogidos de forma ilícita. Sin embargo, la empresa ha hecho caso omiso, manteniendo su base de datos activa y accesible.
La actuación de NOYB (None of Your Business), organización fundada por el jurista austriaco Max Schrems, busca que esta inobservancia reiterada sea tratada como una violación penal del GDPR, invocando la cláusula de cooperación judicial prevista en el artículo 84. De confirmarse la competencia penal, estaríamos ante un precedente que ampliaría significativamente el alcance coercitivo del derecho europeo de protección de datos.
2. De la sanción administrativa al reproche penal
Tradicionalmente, la respuesta jurídica frente a las infracciones del GDPR ha sido administrativa: multas, órdenes de cese y obligaciones de cumplimiento. Sin embargo, la gravedad de las prácticas de Clearview AI plantea una cuestión clave: ¿cuándo una infracción de protección de datos deja de ser un incumplimiento administrativo para convertirse en delito?
El núcleo de esta discusión reside en la necesidad de dotar de eficacia real al principio de responsabilidad proactiva. El uso masivo de datos biométricos sin consentimiento, y su persistencia pese a las resoluciones de las autoridades, afecta directamente a los derechos fundamentales reconocidos en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales (artículos 7 y 8).
3. Implicaciones para el Derecho penal y la IA
La eventual apertura de una vía penal en materia de protección de datos supondría un cambio profundo en la estructura sancionadora europea. No se trataría únicamente de sancionar económicamente a las empresas, sino de exigir responsabilidad personal a los directivos por incumplimiento deliberado de las órdenes de las autoridades. En el contexto de la inteligencia artificial, ello refuerza la idea de que el desarrollo tecnológico no puede situarse al margen del marco jurídico.
Además, este caso pone de relieve la tensión entre innovación y derechos fundamentales. Las tecnologías de reconocimiento facial, al depender de la recopilación masiva de datos personales, exigen un control más riguroso, especialmente cuando son utilizadas con fines policiales o comerciales.
4. Reflexión final: hacia una cultura de cumplimiento penal en la IA
El caso Clearview AI abre un debate esencial sobre la eficacia del Derecho ante la IA: si la infracción reiterada de normas de protección de datos puede quedar impune, el marco regulatorio pierde fuerza y credibilidad. El Derecho penal, como última ratio, puede y debe servir de límite frente a comportamientos empresariales que ignoran deliberadamente los derechos de los ciudadanos.
La transición de la sanción administrativa a la responsabilidad penal no implica criminalizar la innovación, sino reforzar la confianza en que la IA se desarrollará dentro de parámetros jurídicos legítimos. En este sentido, el caso Clearview AI se convierte en un recordatorio de que la protección de datos es un bien jurídico esencial de la sociedad digital.

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