El prompt como objeto de prueba: la nueva frontera de la pericia judicial en la era de la inteligencia artificial
El prompt como objeto de prueba: la nueva frontera de la pericia judicial en la era de la inteligencia artificial
La exigencia judicial de revelar los prompts utilizados por un perito abre un nuevo debate sobre transparencia, contradicción procesal y metodología probatoria en la era de la inteligencia artificial
Profesor Titular de la Universidad Rey Juan Carlos
La irrupción de la inteligencia artificial en el ámbito jurídico ha abierto debates que hasta hace pocos años parecían propios de la ciencia ficción. Durante décadas, la prueba pericial se ha construido sobre categorías relativamente estables: metodología, fuentes empleadas, experiencia del perito y posibilidad de contradicción por la parte adversa. Sin embargo, la incorporación de sistemas de IA generativa en los procesos de investigación, clasificación documental y elaboración de informes está obligando a replantear conceptos fundamentales del Derecho procesal. Una reciente controversia judicial surgida en Estados Unidos constituye probablemente uno de los primeros grandes precedentes mundiales sobre esta cuestión: ¿puede una parte exigir la revelación de los prompts utilizados por un perito para elaborar su trabajo?
El conflicto se ha planteado en el asunto Conservation Law Foundation v. Shell Oil Company, procedimiento seguido ante un tribunal federal de Connecticut. En el marco de una demanda medioambiental contra una filial de Shell, la profesora de Harvard Naomi Oreskes actuó como experta utilizando herramientas de inteligencia artificial para clasificar y filtrar grandes volúmenes documentales. La defensa de Shell solicitó conocer los prompts y consultas utilizados durante ese proceso, argumentando que tales elementos formaban parte de la metodología pericial y resultaban necesarios para evaluar la fiabilidad de las conclusiones alcanzadas.
La trascendencia jurídica de esta decisión va mucho más allá del litigio concreto. Tradicionalmente, cuando un perito presenta un informe, la parte contraria tiene derecho a examinar los métodos utilizados para alcanzar sus conclusiones. El fundamento de este principio reside en el derecho de contradicción, pieza esencial de cualquier proceso justo. Lo novedoso es que la inteligencia artificial introduce un elemento adicional: el resultado obtenido depende en gran medida de las instrucciones formuladas por el usuario. En otras palabras, el prompt deja de ser una simple consulta para convertirse en una variable determinante del proceso intelectual desarrollado mediante IA.
Desde una perspectiva estrictamente procesal, la cuestión plantea una pregunta de enorme interés: ¿debe considerarse el prompt equivalente a una nota privada del perito o, por el contrario, forma parte de la metodología científica susceptible de examen por las partes? La resolución estadounidense parece inclinarse por la segunda opción. El tribunal entendió que el proceso mediante el cual la experta redujo miles de documentos a un subconjunto manejable mediante herramientas de IA constituía un aspecto esencial de su metodología y, por tanto, podía ser objeto de descubrimiento probatorio.
Esta conclusión tiene profundas implicaciones para el futuro de la litigación. Hasta ahora, muchos profesionales han utilizado herramientas de IA como instrumentos auxiliares de trabajo sin conservar necesariamente el historial completo de las consultas realizadas. Sin embargo, si los tribunales comienzan a considerar que los prompts forman parte de la metodología pericial, podría surgir una nueva obligación práctica de documentar, conservar y custodiar dichos registros. La trazabilidad de la interacción entre el experto y la inteligencia artificial adquiriría entonces una relevancia semejante a la conservación de notas de laboratorio o registros de experimentación científica.
La controversia también afecta directamente al debate sobre la transparencia algorítmica. Buena parte de la doctrina ha defendido que los sistemas de inteligencia artificial utilizados en contextos jurídicos deben ser explicables y auditables. Sin embargo, la explicabilidad no depende únicamente del modelo tecnológico empleado, sino también de las instrucciones proporcionadas por quien lo utiliza. Dos expertos que empleen exactamente la misma herramienta pueden obtener resultados radicalmente distintos si utilizan prompts diferentes. Desde esta perspectiva, ocultar los prompts podría equivaler a ocultar una parte esencial del razonamiento seguido para construir la prueba.
En el ámbito europeo, esta cuestión adquiere una relevancia aún mayor a la luz del Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea. Aunque el AI Act no regula específicamente la actividad pericial, sí establece principios de transparencia, supervisión humana y trazabilidad para determinados usos de la IA. Resulta perfectamente imaginable que, en el futuro, los órganos jurisdiccionales europeos interpreten estos principios como fundamento para exigir una mayor documentación de los procesos de interacción entre expertos e inteligencia artificial cuando tales procesos influyan en la formación de una prueba judicial.
La discusión tampoco es ajena a la realidad española. Nuestro sistema procesal reconoce ampliamente el derecho de las partes a examinar la metodología utilizada por los peritos. Los preceptos relativos a la prueba pericial en la Ley de Enjuiciamiento Civil descansan precisamente sobre la posibilidad de someter el dictamen al debate contradictorio. Si un informe ha sido elaborado mediante herramientas de IA generativa, podría sostenerse que la parte adversa tiene un interés legítimo en conocer cómo se formularon las consultas que condicionaron la selección, clasificación o interpretación de la información analizada.
Surge además un problema adicional relacionado con la protección del secreto profesional y la estrategia procesal. Los abogados podrían argumentar que determinados prompts reflejan líneas de investigación internas o estrategias jurídicas protegidas. La futura jurisprudencia deberá determinar dónde se sitúa la frontera entre la necesaria transparencia metodológica y la protección legítima de las comunicaciones preparatorias del litigio.
Desde una perspectiva doctrinal, el caso Shell puede marcar el nacimiento de una nueva categoría jurídica: el prompt como objeto de prueba. Durante años, la litigación electrónica se ha centrado en correos electrónicos, metadatos, registros informáticos y bases documentales. La inteligencia artificial añade ahora un nuevo elemento susceptible de valoración judicial. Los prompts dejan de ser simples instrucciones técnicas para convertirse potencialmente en documentos relevantes para determinar la fiabilidad, objetividad y rigor de una pericia.
La relevancia de este precedente no reside únicamente en su resultado inmediato, sino en la pregunta de fondo que plantea: si una parte utiliza inteligencia artificial para construir una prueba judicial, ¿hasta qué punto debe revelar cómo dialogó con esa inteligencia artificial? La respuesta a esta cuestión puede condicionar el futuro de la actividad pericial, de la práctica probatoria y, en última instancia, de la propia administración de justicia en la era digital.
Reuters. (2026, 2 de junio). Group fights Shell Oil bid for AI prompts used in climate lawsuit. Reuters Legal News.

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