USO ÉTICO Y DOCENTE DE CHATGPT: LAS PETICIONES ADECUADAS
USO ÉTICO Y DOCENTE DE CHATGPT:
LAS PETICIONES ADECUADAS
Santiago Carretero Sánchez
Profesor Titular de Filosofía del Derecho
Universidad Rey Juan Carlos
Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Agosto de 2026
1.
Presentación y justificación
El uso de ChatGPT y de otros sistemas de
inteligencia artificial generativa se ha extendido rápidamente entre el
alumnado universitario, también en los estudios de Derecho. Esta herramienta
puede ser un apoyo valioso para el estudio y la investigación, pero plantea un
riesgo específico y grave en el ámbito jurídico: la posibilidad de que el
sistema genere afirmaciones, normas, sentencias o citas que parecen reales pero
que no existen o no son exactas (las denominadas «alucinaciones»).
Este documento de trabajo tiene una finalidad
docente: fijar un protocolo claro sobre cómo debe formularse una petición a
ChatGPT en el contexto de la enseñanza y la práctica del Derecho, de manera que
la información obtenida sea siempre verificable, esté respaldada por fuentes
contrastadas y accesibles mediante enlace directo, y no incorpore datos que no
puedan comprobarse documentalmente.
El documento no pretende desincentivar el uso
de la IA generativa, sino disciplinarlo: convertirlo en un ejercicio de rigor
metodológico y de responsabilidad intelectual, coherente con la deontología de
la profesión jurídica y con el método propio de la Filosofía del Derecho.
2.
Objetivos del documento
•
Fijar los principios éticos que deben regir cualquier
petición (prompt) que el alumnado o el profesorado dirija a ChatGPT sobre
cuestiones jurídicas.
•
Proporcionar un prompt modelo, preciso y reutilizable,
que exija a la IA verificación, cita de fuentes y enlace directo a las mismas.
•
Establecer una batería de repreguntas de control para
contrastar la veracidad y el rigor jurídico de cada respuesta obtenida.
•
Ofrecer una checklist docente que permita evaluar,
antes de dar por válida una información, si esta cumple los requisitos de
verificabilidad exigidos.
•
Fomentar el pensamiento crítico del alumnado frente a
la respuesta automática, en línea con el método propio de la Filosofía del
Derecho.
3.
Marco de referencia normativo y deontológico
El protocolo que se propone en este documento
no es una construcción arbitraria: se apoya en el marco normativo y
deontológico que ya regula, o está empezando a regular, el uso de la
inteligencia artificial en el ejercicio profesional del Derecho en España y en
la Unión Europea. Entre las referencias más relevantes cabe citar las
siguientes.
Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial (AI Act). primera
regulación integral de la Unión Europea sobre sistemas de inteligencia
artificial, en vigor desde el 1 de agosto de 2024, con aplicación progresiva de
sus obligaciones.
Código Deontológico de la Abogacía Española. aprobado por el Pleno
del Consejo General de la Abogacía, y en particular su artículo 11, que impone
al abogado el deber de actuar con la diligencia que exigen las circunstancias
del caso; deber que se proyecta directamente sobre la verificación de cualquier
contenido generado por IA antes de su firma.
Circular Interpretativa 3/2026 del Consejo General de la Abogacía
Española (CGAE). aprobada por el Pleno el 10 de abril de 2026, regula la
elaboración, firma y entrega de escritos jurídicos generados con asistencia de
inteligencia artificial generativa; no prohíbe su uso, pero fija criterios
operativos de responsabilidad profesional.
Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial y Abogacía. presentado
por el CGAE el 29 de enero de 2026, con criterios y recomendaciones para una
adopción responsable de la IA en el ejercicio del Derecho.
Guía del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) sobre
Inteligencia Artificial. recopila buenas prácticas y remite, entre otras
referencias, a la guía del Consejo de Colegios de la Abogacía de Europa (CCBE),
a la política de uso de IA del Ministerio de Justicia y a las orientaciones de
la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Este marco normativo y deontológico confirma
que exigir verificación, trazabilidad de fuentes y prudencia epistémica no es
una recomendación docente aislada, sino una traducción práctica de obligaciones
profesionales ya reconocidas.
4.
El problema de las «alucinaciones»: casos que justifican el protocolo
La experiencia comparada y española de los
últimos años demuestra que el riesgo de las alucinaciones no es teórico. A
continuación se recogen, con fines exclusivamente docentes, algunos casos
conocidos y publicados en medios especializados, que ilustran las consecuencias
de no verificar la información suministrada por una IA generativa antes de
utilizarla en un escrito jurídico.
Caso Mata v. Avianca (Distrito Sur de Nueva York, 2023). un
abogado presentó un escrito citando varios precedentes judiciales que ChatGPT
había generado y que resultaron ser inexistentes. El juez impuso una sanción
económica al letrado y a su despacho, y exigió cartas de explicación a los
tribunales a los que se habían atribuido falsamente las resoluciones.
Caso Crabill (Colorado, EE. UU.). un abogado fue suspendido
temporalmente en el ejercicio de su profesión por presentar un escrito con
jurisprudencia «falsa» generada por ChatGPT y por no advertir de ello al
tribunal cuando descubrió el error.
Caso Mostafavi (California, EE. UU.). un letrado fue multado por
presentar un recurso de apelación con veintitrés citas legales, de las cuales
una amplia mayoría resultaron ser completamente inventadas por la IA.
Caso español ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. la
Sala de lo Penal impuso una multa a un abogado por incluir en un escrito de
apelación varias decenas de citas de jurisprudencia —entre ellas, supuestas
resoluciones del Tribunal Supremo— generadas por una herramienta de
inteligencia artificial de propósito general y que resultaron inexistentes o
erróneas; el tribunal dio traslado de los hechos al colegio de abogados
correspondiente.
Estos casos comparten un mismo patrón: la IA
generativa produjo un contenido verosímil, con apariencia formal de rigor
jurídico, que nunca fue contrastado con una fuente oficial antes de su uso. El
presente protocolo pretende evitar precisamente ese patrón en el aula.
5.
Principios éticos para las peticiones a ChatGPT
Toda petición (prompt) que se formule a ChatGPT
sobre una cuestión jurídica o docente debe regirse por los siguientes
principios:
•
Principio de no invención (anti-alucinación). La
IA no debe generar normas, sentencias, citas, datos o autores que no pueda
acreditar documentalmente; ante la duda, debe declarar que no dispone de
información verificada.
•
Principio de verificabilidad documental. Toda
afirmación relevante debe poder comprobarse en un documento original, público y
accesible.
•
Principio de trazabilidad y acceso directo a la
fuente. Cada fuente citada debe ir acompañada de un enlace directo y
funcional que permita al usuario acceder a ella sin intermediarios.
•
Principio de actualidad y vigencia normativa. Debe
indicarse expresamente si la norma, sentencia o dato citado sigue vigente en la
fecha de la consulta.
•
Principio de prudencia epistémica. La IA debe
declarar el grado de certeza de su respuesta y distinguir claramente entre dato
contrastado, interpretación doctrinal y opinión.
•
Principio de responsabilidad última del usuario. La
respuesta de la IA nunca sustituye la verificación y el criterio profesional o
académico de quien la utiliza; el usuario firma y responde por lo que emplea.
6.
Protocolo de petición adecuada (buenas prácticas)
1.
Definir con precisión el objeto exacto de la consulta,
evitando preguntas abiertas o ambiguas que faciliten respuestas genéricas o
inventadas.
2.
Exigir expresamente en la petición que la IA cite
únicamente fuentes primarias y oficiales, con enlace directo a cada una de
ellas.
3.
Prohibir de forma explícita en el propio prompt la
generación de citas, artículos o sentencias que no puedan acreditarse
documentalmente.
4.
Solicitar que la IA indique el grado de certeza de cada
afirmación y que separe lo verificado de lo no verificado.
5.
Contrastar siempre la respuesta con bases de datos
oficiales antes de emplearla (BOE, CENDOJ / Poder Judicial, EUR-Lex, Tribunal
Constitucional, entre otras).
6.
Documentar el proceso: conservar el prompt utilizado,
la respuesta obtenida y las fuentes consultadas, como evidencia del trabajo
realizado.
7.
Repreguntar sistemáticamente ante cualquier cita, dato
o afirmación jurídica antes de incorporarla a un trabajo docente o profesional.
7.
Prompt modelo para peticiones verificables
A continuación se propone un prompt modelo,
formulado en primera persona por quien lo utiliza, que puede adaptarse a
cualquier consulta jurídica concreta sustituyendo el texto entre corchetes. Su
finalidad es obligar a la IA a operar dentro de los principios expuestos en el
apartado anterior.
|
PROMPT
MODELO — Consulta jurídica verificable «Actúa como un asistente de investigación jurídica
sometido a un estricto deber de veracidad documental. Necesito información
contrastada sobre: [describir aquí la cuestión jurídica exacta]. Sigue estas reglas de forma obligatoria en tu
respuesta: –
No inventes normas, artículos,
sentencias, autores, fechas ni datos de ningún tipo. Si no dispones de
información verificada sobre algún extremo, dilo expresamente en vez de
generar una respuesta aproximada. –
Cita únicamente fuentes primarias y
oficiales (boletines oficiales, bases de datos judiciales, textos legales
consolidados, publicaciones institucionales), evitando blogs, foros o páginas
sin garantía editorial. –
Para cada afirmación relevante, indica
el enlace directo (URL) a la fuente original en la que puede comprobarse
literalmente, y no un enlace genérico a un buscador. –
Indica la fecha de la fuente y si la
norma o resolución citada sigue vigente en la fecha actual, o si ha sido
modificada o derogada. –
Distingue con claridad tres niveles en
tu respuesta: (a) datos verificados con fuente directa, (b) interpretación
doctrinal razonada, y (c) opinión o valoración propia, si la hubiera. –
Si una parte de la información no puede
contrastarse documentalmente, señálalo expresamente en lugar de omitirlo o de
rellenarlo con una suposición verosímil. –
Al final de la respuesta, incluye un
listado numerado de todas las fuentes citadas con su enlace directo, para
facilitar su verificación independiente.» |
Este prompt puede completarse añadiendo el
contexto docente concreto (asignatura, nivel del alumnado, extensión requerida)
sin alterar las reglas de verificación, que deben mantenerse siempre como
condición fija de la petición.
8.
Batería de repreguntas de control
Una vez obtenida la primera respuesta, es
imprescindible repreguntar para contrastar su veracidad y su rigor jurídico. Se
propone la siguiente batería de repreguntas, que puede utilizarse de forma
sucesiva:
1.
¿Puedes indicarme la fuente exacta y el enlace directo
de cada una de las afirmaciones anteriores?
2.
¿Puedes confirmar que esa norma, artículo o sentencia
existe literalmente en el texto oficial, sin resumir ni interpretar su
contenido?
3.
¿Sigue vigente esta disposición en la fecha de hoy? ¿Ha
sido modificada, derogada o declarada inconstitucional en algún punto?
4.
¿Qué grado de certeza tienes sobre esta afirmación?
¿Existe alguna duda o divergencia doctrinal o jurisprudencial al respecto?
5.
¿En qué fuente exactamente has basado este dato? ¿Es
una fuente primaria oficial o una fuente secundaria o divulgativa?
6.
¿Puedes ofrecerme una fuente alternativa, igualmente
oficial, que permita contrastar de forma independiente esta misma información?
7.
Si no dispones de una fuente verificable para alguno de
los datos aportados, ¿puedes indicarlo expresamente y retirarlo de la
respuesta?
9.
Checklist docente de verificación
Antes de dar por válida y utilizable una
información obtenida de ChatGPT en un trabajo académico o profesional, debe
comprobarse el cumplimiento de los siguientes puntos:
|
Punto de
control |
Verificado (Sí/No) |
|
La fuente citada es una fuente primaria y oficial (no un blog,
foro o resumen de terceros). |
☐ |
|
Cada fuente incluye un enlace directo y funcional, comprobado
personalmente por quien realiza la consulta. |
☐ |
|
Se ha comprobado la fecha de la fuente y su vigencia actual. |
☐ |
|
El contenido citado coincide literalmente con el texto original,
sin interpretaciones añadidas por la IA. |
☐ |
|
Se ha diferenciado el dato verificado de la interpretación
doctrinal o de la opinión. |
☐ |
|
Se ha repreguntado a la IA ante cualquier duda o cita relevante. |
☐ |
|
Se conserva un registro del prompt utilizado, de la respuesta
obtenida y de las fuentes consultadas. |
☐ |
10.
Fuentes oficiales recomendadas para el contraste jurídico
Se recomienda contrastar siempre la información
jurídica obtenida de una IA generativa con alguna de las siguientes bases de
datos y portales oficiales, de acceso público y gratuito:
• Boletín Oficial del Estado (BOE) — legislación consolidada
— https://www.boe.es
• Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) / buscador de
jurisprudencia del Poder Judicial — https://www.poderjudicial.es/search/
• Tribunal Constitucional — buscador de jurisprudencia — https://hj.tribunalconstitucional.es
• EUR-Lex — Derecho de la Unión Europea — https://eur-lex.europa.eu
• Congreso de los Diputados — actividad parlamentaria y
textos legislativos — https://www.congreso.es
• Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) — https://www.aepd.es
• Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) — https://www.abogacia.es
11.
Referencias empleadas en la elaboración de este documento
En coherencia con el propio protocolo que se
propone, las afirmaciones fácticas de este documento sobre casos y marco
normativo se han contrastado con las siguientes fuentes, accesibles mediante
enlace directo:
• Legatiq — Análisis del caso Mata v. Avianca — https://legatiq.ai/en-US/recursos/analisis/caso-mata-vs-avianca-chatgpt-abogado-sancion
• Abogados.com.ar — Caso de suspensión por jurisprudencia
falsa de ChatGPT (Colorado) — https://abogados.com.ar/estados-unidos-nuevo-caso-de-suspension-por-utilizar-falsa-jurisprudencia-del-chatgpt/34175
• Merca20 — Multa a abogado de Los Ángeles por citas legales
inventadas por ChatGPT — https://www.merca20.com/abogado-enfrenta-multa-historica-por-usar-chatgpt-para-resolver-casos/
• El Español — Multa del TSJ de Canarias por sentencias
falsas generadas por IA — https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20260213/multa-euros-abogado-citar-escrito-sentencias-falsas-generadas-inteligencia-artificial/1003744129079_0.html
• Abogacía Española — Circular sobre riesgos del uso de IA
generativa en textos profesionales — https://www.abogacia.es/actualidad/noticias/la-abogacia-espanola-advierte-de-los-riesgos-de-usar-la-ia-generativa-en-textos-profesionales/
• Abogacía Española — Libro Blanco sobre Inteligencia
Artificial y Abogacía — https://www.abogacia.es/wp-content/uploads/2026/01/libro-ai-digital.pdf
• ICAM — Abogacía e Inteligencia Artificial — https://web.icam.es/abogacia-inteligencia-artificial/
Se recomienda al alumnado y a cualquier
lector de este documento comprobar directamente estos enlaces, en aplicación
del mismo principio de verificabilidad que aquí se defiende.
12.
Conclusión
El uso de ChatGPT en el ámbito docente y
jurídico no es, en sí mismo, un problema ético; lo es su uso acrítico, sin
verificación y sin conciencia de las limitaciones estructurales de estos
sistemas. Formular peticiones adecuadas —precisas, exigentes con la fuente y
abiertas a la repregunta— convierte a la IA en un instrumento útil de apoyo al
estudio y a la práctica del Derecho, sin sustituir el juicio, la diligencia y
la responsabilidad que corresponden, en última instancia, a quien firma y
utiliza la información.
Este documento debe entenderse como un
instrumento vivo, susceptible de actualizarse a medida que evolucionen tanto
las capacidades técnicas de estos sistemas como el marco normativo y
deontológico que los regula.
Santiago Carretero Sánchez
Profesor Titular de Filosofía del Derecho
— Universidad Rey Juan Carlos

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