Licencias administrativas para modelos de IA en Japón: hacia un control público ex ante intensivo

 


Licencias administrativas para modelos de IA en Japón: hacia un control público ex ante intensivo

Santiago Carretero Sánchez, Profesor Titular de la Universidad Rey Juan Carlos

El 30 de abril de 2026 se ha conocido la apertura por parte del gobierno japonés de un proceso de consulta pública orientado a la implantación de un sistema de licencias administrativas obligatorias para el desarrollo y despliegue de modelos fundacionales de inteligencia artificial. La propuesta introduce un cambio cualitativo en la forma de concebir la regulación tecnológica, desplazando el eje desde la supervisión ex post hacia un modelo de control preventivo reforzado.

Desde una perspectiva jurídico-pública, la medida supone la configuración de un auténtico régimen de autorización administrativa previa para sistemas de alta capacidad computacional, lo que aproxima esta tecnología a sectores tradicionalmente regulados como la energía o las telecomunicaciones. El elemento central radica en la exigencia de superar auditorías técnicas antes de la puesta en funcionamiento del sistema, incorporando criterios de seguridad, explicabilidad y evaluación de impacto social.

La propuesta japonesa introduce además una diferenciación normativa basada en el tamaño del modelo, su capacidad de procesamiento y su potencial de uso generalizado. Este enfoque permite una graduación del control administrativo, pero plantea interrogantes sobre la determinación de los umbrales regulatorios y el riesgo de inseguridad jurídica en su aplicación práctica.

En comparación con el modelo europeo, estructurado en torno al Reglamento de Inteligencia Artificial y su lógica de clasificación por niveles de riesgo, el sistema japonés refuerza el papel de la Administración como gatekeeper tecnológico. Mientras que en Europa predomina la autorresponsabilidad supervisada del operador económico, Japón avanza hacia un esquema de intervención pública directa en la fase previa al despliegue.

Desde el punto de vista del Derecho administrativo, esta evolución obliga a replantear categorías clásicas como la discrecionalidad técnica, el control jurisdiccional de decisiones altamente especializadas y la carga probatoria en procedimientos de autorización. Asimismo, emerge la cuestión de si este tipo de licencias puede convertirse en una barrera de entrada que afecte a la libre competencia y a la innovación tecnológica.

En términos doctrinales, la iniciativa refleja una transición hacia un modelo de responsabilidad por riesgo tecnológico estructural, en el que el Estado asume un papel preventivo frente a daños potencialmente masivos y difíciles de reparar. Ello anticipa una posible convergencia internacional hacia esquemas regulatorios más intensivos en sectores de alta complejidad algorítmica.

Referencias (APA)

Cabinet Office of Japan. (2026). Consultation on licensing framework for advanced AI models. Tokyo: Government of Japan.

European Commission. (2024). Artificial Intelligence Act. Official Journal of the European Union.

García, M. (2025). Regulación administrativa de la inteligencia artificial. Revista de Derecho Público, 112, 45-78.

Kobayashi, T. (2026). Pre-emptive governance of AI systems in Japan. Asian Journal of Law and Technology, 14(2), 101-130.

Comentarios

Entradas populares de este blog

ESQUEMA DETALLADO DE ESCRITO AJUSTADO AL MASC (PARA LETRADOS)

EL MODELO DE INTENTO DE CONCILIACIÓN QUE IMPONE LA LEY DE EFICIENCIA PROCESAL, PROPUESTA DEL ICAM

La justicia frente a las “alucinaciones jurídicas”: una advertencia global desde la Corte Suprema de Colombia